Polémico comunicado de El Club Social y Deportivo La Picada sobre el derecho de transmisión audiovisual del Partido por semifinales

El encuentro entre La Picada y Huracán de Goya corresponde al Torneo Federal Regional Amateur 2026, cuya organización está a cargo del Consejo Federal del Fútbol Argentino.
Esto surge expresamente del artículo 1 del reglamento de la competición.
Además, el artículo 84 del Estatuto de la AFA establece:
– La AFA es propietaria de los derechos de explotación audiovisual de las competencias organizadas por ella o por cualquiera de sus miembros.
– El Comité Ejecutivo de la AFA decide cómo y en qué medida se utilizan esos derechos, salvo las competencias delegadas a la Liga Profesional.
Por su parte, el artículo 85 establece que el Consejo Federal conduce el fútbol del interior y organiza los torneos correspondientes.
AFA
¿Qué significa esto?
Que el hecho de que La Picada juegue como local no significa automáticamente que sea titular exclusivo de los derechos audiovisuales del encuentro.
Para establecerlo habría que conocer si existe alguna autorización, delegación o acuerdo específico que permita al club comercializar o administrar esos derechos.
No se aclara en el comunicado:
– Si La Picada está autorizado a comercializar los derechos de transmisión.
– Si existe una autorización para conceder exclusividad a una señal determinada.
– Si esa exclusividad comprende las transmisiones digitales por Facebook y YouTube.
– Si los medios periodísticos locales pueden transmitir los encuentros mediante acreditación.
Hay tres expresiones del comunicado que merecen especial atención:
Primera: «Será la única señal habilitada por el club».
La pregunta es: ¿quién le otorgó al club la facultad de habilitar una única señal? ¿Existe una autorización del Consejo Federal o de la AFA?
Segunda: «No se permitirá la transmisión en vivo por streaming ni televisión de manera independiente».
Esta prohibición es la más cuestionable. El club debería identificar la disposición reglamentaria, contractual o autorización que le permite impedir las transmisiones de terceros.
Tercera: «El acceso será arancelado debido a que el contexto económico requiere generación de nuevos ingresos para el club».
La necesidad económica del club puede justificar la búsqueda de recursos, pero no constituye por sí misma un fundamento jurídico para apropiarse de derechos audiovisuales que pudieran corresponder a otra entidad.
5. ¿Qué haría en este caso?
Antes de afirmar que el comunicado es ilegal, solicitaría formalmente al Club La Picada que informe:
1. Si cuenta con autorización del Consejo Federal para comercializar los derechos de transmisión del encuentro.
2. Si existe una disposición reglamentaria que prohíba las transmisiones independientes.
3. Si la exclusividad anunciada fue autorizada por la AFA o el Consejo Federal.
4. Cuál es el alcance de esa exclusividad y si comprende a medios periodísticos locales.
En caso de no existir autorización, correspondería plantear la cuestión ante la Liga Posadeña de Fútbol y el Consejo Federal.
